Artículo 1 — Artículo 1
Facúltase a la Intendencia Municipal de Rivera para contratar con el Banco de la República un empréstito de sesenta mil pesos ($ 60.000.00), cuyo producido se invertirá en obras de vialidad urbana y rural.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Facúltase a la Intendencia Municipal de Rivera para contratar con el Banco de la República un empréstito de sesenta mil pesos ($ 60.000.00), cuyo producido se invertirá en obras de vialidad urbana y rural.
Artículo 2 — Artículo 2
El empréstito que se autoriza por la presente ley estará sujeto al interés del 6 % y será amortizable en cinco años por cuotas anuales no menores de veinte por ciento.
Artículo 3 — Artículo 3
El servicio de intereses y amortización lo hará la Intendencia Municipal de Rivera con el producido del uno por ciento de Contribución Inmobiliaria.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.