Ley6899·1919

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. CANDIDA PIAGGIO CASTRO. MARIA SAPHO PIAGGIO CASTRO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de noviembre de 1919

Fecha de publicación

15/04/1919

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a las señoritas Cándida y María Sapho Piaggio Castro, hijas del extinto profesor don Nicolás N. Piaggio, una pensión alimenticia e inembargable de mil cuatrocientos cuarenta pesos anuales, quedando sin efecto la legal que pudiera corresponderles.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 11 de abril de 1919Promulgación (6899)
  2. 15 de abril de 1919Publicación (6899)