Ley6910·1919

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. ADMINISTRACION NACIONAL DE CORREOS TELEGRAFOS Y TELEFONOS. OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de octubre de 1919

Fecha de publicación

13/06/1919

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo para acordar transitoriamente a la Administración Nacional de Correos, Telégrafos y Teléfonos un subsidio extraordinario de ocho mil doscientos cuarenta y nueve pesos con cincuenta centésimos ($ 8.249.50) mensuales a partir desde el mes de Noviembre de 1918 a Junio de 1919, y por todo el ejercicio 1919-1920, subsidio que se destina íntegramente a cubrir la erogación que demandan los aumentos de 15 y 20 % en las dotaciones de su personal.

Artículo 2Artículo 2

La Contaduría General liquidará mensualmente el importe del subsidio que se acuerda y que será tomado de "Rentas Generales".

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 10 de junio de 1919Promulgación (6910)
  2. 13 de junio de 1919Publicación (6910)