Ley6951·1919

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. GIULLERMO QUINTANA. CORA QUINTANA. MARIA QUINTANA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de enero de 1919

Fecha de publicación

9 de febrero de 1919

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a don Guillermo Quintana y a sus señoritas hijas solteras Cora y María, mientras se conserven así, padres y hermanas respectivamente del doctor Julián Quintana, una pensión alimenticia e inembargable de mil doscientos pesos anuales ($ 1.200.00).

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de setiembre de 1919Promulgación (6951)
  2. 2 de setiembre de 1919Publicación (6951)