Ley6974·1919

MONUMENTOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14/10/1919

Fecha de publicación

17/10/1919

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a la Federación Rural para erigir a su costo, en la ciudad de Montevideo y en el lugar que designen las autoridades competentes, el monumento votado por el Congreso Rural celebrado en Florida en Marzo del corriente año, y destinado a conmemorar la figura histórica del Gaucho Uruguayo, como primer elemento de emancipación nacional y de trabajo.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 14 de octubre de 1919Promulgación (6974)
  2. 17 de octubre de 1919Publicación (6974)