Artículo 1 — Artículo 1
Elévase en ciento veinte pesos anuales los sueldos que actualmente gozan los conserjes y porteros de los distintos Ministerios.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Elévase en ciento veinte pesos anuales los sueldos que actualmente gozan los conserjes y porteros de los distintos Ministerios.
Artículo 2 — Artículo 2
Auméntase el presupuesto del Consejo Nacional de Administración con las siguientes partidas: 5 Ujieres, cada uno $ 600 1 Sereno " 600 Uniformes " 600 Locomoción " 600
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.