Ley6989·1919

FUNCIONARIOS MILITARES. REMUNERACIONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/10/1919

Fecha de publicación

11 de enero de 1919

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Suprímese el descuento del diez por ciento que grava los sueldos de los militares en disponibilidad, de los militares retirados y de las viudas e hijos de militares.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de octubre de 1919Promulgación (6989)
  2. 1 de noviembre de 1919Publicación (6989)