Ley6994·1919

CARRERA UNIVERSITARIA. EXPEDICION DE TITULO UNIVERSITARIO. REVALIDA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/10/1919

Fecha de publicación

11 de mayo de 1919

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Suprímese el examen de reválida para todos los uruguayos que hayan obtenido títulos otorgados por Universidades oficiales extranjeras, siempre que estos títulos merezcan aprobación de las autoridades universitarias que corresponda. (*)

Artículo 2Artículo 2

Para la aplicación del artículo anterior, los interesados presentarán a la Universidad todos los certificados de estudios y los programas y planes de enseñanza que hayan cursado.

Artículo 3Artículo 3

El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 23 de octubre de 1919Promulgación (6994)
  2. 5 de noviembre de 1919Publicación (6994)