Ley6998·1919

BIENES INMUEBLES. CONCESION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

23/10/1919

Fecha de publicación

11 de marzo de 1919

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a la Junta Económico-Administrativa de Maldonado para conceder a la Sociedad Deportiva "La Popular", por el término de quince años, el uso de una parcela de terreno municipal, ubicada en los suburbios de la capital de aquel Departamento. (*)

Artículo 2Artículo 2

La Sociedad "La Popular" dedicará ese terreno a juegos atléticos, ejercicios físicos y recreos diversos con ellos relacionados.

Artículo 3Artículo 3

En caso de disolución de la Sociedad, todas las instalaciones o mejoras realizadas en el terreno municipal concedido pasarán a ser propiedad de la Comuna. Lo mismo ocurrirá si, vencido el plazo del artículo 1.o, no fuese prorrogado por las autoridades locales.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 23 de octubre de 1919Promulgación (6998)
  2. 3 de noviembre de 1919Publicación (6998)