Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a las señoritas Servanda y Dolores Gómez el permiso necesario para residir en el extranjero por el término de tres años y con el derecho al goce de la pensión íntegra.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a las señoritas Servanda y Dolores Gómez el permiso necesario para residir en el extranjero por el término de tres años y con el derecho al goce de la pensión íntegra.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.