Ley7032·1919

CAJA DE PENSIONES MILITARES. BENEFICIOS JUBILATORIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/10/1919

Fecha de publicación

11 de marzo de 1919

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial a don Domingo Benedi, en su carácter de tutor de los menores María Luisa, Ana Josefa y Ricardo Francisco Martínez Rama, hijos del ex sargento mayor don Ricardo Martínez, un plazo de noventa días para que se acojan a los beneficios de la ley de 24 de Febrero de 1911.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 29 de octubre de 1919Promulgación (7032)
  2. 3 de noviembre de 1919Publicación (7032)