Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para tributar honores fúnebres de Ministro de Estado a los restos del doctor Juan Cuestas y de don Carlos Blixen.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
1 de junio de 1920
Fecha de publicación
1 de setiembre de 1920
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para tributar honores fúnebres de Ministro de Estado a los restos del doctor Juan Cuestas y de don Carlos Blixen.
Artículo 2 — Artículo 2
Serán de cuenta del Estado los gastos que importen las exequias.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.