Ley7083·1920

COMERCIO EXTERIOR. FIJACION DE DERECHOS ADUANEROS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/03/1920

Fecha de publicación

4 de junio de 1920

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

La importación al país, de drogas, productos químicos, especialidades y específicos farmacéuticos, artículos y útiles de farmacia, laboratorio, cirugía, fotografía y dentistas se efectuará, en lo sucesivo, con arreglo a la tarifa de avalúos y derechos que figura adjunta,(*) la que forma parte integrante de esta ley.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de marzo de 1920Promulgación (7083)
  2. 6 de abril de 1920Publicación (7083)