Artículo 1 — Artículo 1
Concédese a la señora María Escardó de Teibo, en su carácter de viuda del empleado público don Vicente Teibo, una pensión de setecientos veinte pesos anuales, quedando sin efecto la legal que le corresponde.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese a la señora María Escardó de Teibo, en su carácter de viuda del empleado público don Vicente Teibo, una pensión de setecientos veinte pesos anuales, quedando sin efecto la legal que le corresponde.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.