Artículo 1 — Artículo 1
Al solo efecto de la jubilación y con la obligación de reintegrar los montepíos correspondientes, compútase por gracia especial a don Sirio Oliver Arce los servicios que prestó como Auxiliar en la Inspección Técnica Regional del Departamento de Tacuarembó desde el 15 de Julio de 1905 hasta el 30 de Junio de 1912.