Artículo 1 — Artículo 1
Concédese a doña Margarita Lussich de Abergo, viuda de don Carlos Abergo, y a sus hijos menores, por gracia especial, una pensión alimenticia de trescientos pesos anuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese a doña Margarita Lussich de Abergo, viuda de don Carlos Abergo, y a sus hijos menores, por gracia especial, una pensión alimenticia de trescientos pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.