Artículo 1 — Artículo 1
Compútanse por gracia especial, y a los efectos de la jubilación que pueda corresponder a la señora María Josefina Oliver de Zabalúa, tres años, un mes y diez días de servicios prestados a la Administración Pública por su extinto esposo don Sebastián Zabalúa, con la obligación de reintegrar los montepíos correspondientes.