Artículo 1 — Artículo 1
Compútanse por gracia especial, y al solo efecto de la jubilación, al señor Juan Angel González, los servicios que prestó en la Intendencia Municipal de Florida, desde el 15 de Agosto de 1885 hasta el 30 de Noviembre de 1903, y desde el 1.° de Junio de 1904 hasta el 1.° de Julio de 1911, debiendo reintegrar los montepíos correspondientes.