Artículo 1 — Artículo 1
Compútase al señor Claro Damas, a los efectos de la jubilación, los ocho años de servicios que prestó en el Ejército desde Febrero de 1896 a Diciembre de 1913, debiendo reintegrar los montepíos correspondientes.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Compútase al señor Claro Damas, a los efectos de la jubilación, los ocho años de servicios que prestó en el Ejército desde Febrero de 1896 a Diciembre de 1913, debiendo reintegrar los montepíos correspondientes.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.