Artículo 1 — Artículo 1
Compútense, por gracia especial, y a los fines de la jubilación, nueve años y nueve meses de servicios prestados por don Enrique Artigas, como soldado de infantería de línea, sereno, guardia civil y peón de la Intendencia del Ejército y la Armada, debiendo reintegrar los montepíos correspondientes.