Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señora Josefa Castro de Canosa, como viuda del ex patrón del vapor "Atlántico" don José Canosa, y a sus hijos menores, una pensión alimenticia de "novecientos sesenta pesos anuales", sujeta a los descuentos legales, quedando sin efecto la que por ley vigente puede corresponderle.