Ley7187·1920

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MANUEL DE VILA TRANSMISIBLE A SU ESPOSA E HIJOS MENORES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/04/1920

Fecha de publicación

29/04/1920

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Acuérdase por gracia especial al subcomisario don Manuel de Vila una pensión vitalicia de setecientos veinte pesos anuales, trasmisible a su esposa e hijos menores, dejando sin efecto el derecho que pudiera asistirle para acogerse a los beneficios de la jubilación que le correspondiese.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de abril de 1920Promulgación (7187)
  2. 29 de abril de 1920Publicación (7187)