Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase por gracia especial al subcomisario don Manuel de Vila una pensión vitalicia de setecientos veinte pesos anuales, trasmisible a su esposa e hijos menores, dejando sin efecto el derecho que pudiera asistirle para acogerse a los beneficios de la jubilación que le correspondiese.