Ley7217·1920

PRESUPUESTO. PARTIDA LEYES DICTADAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de agosto de 1920

Fecha de publicación

6 de octubre de 1920

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Refuérzase el rubro «Leyes dictadas» del actual ejercicio con la suma de veinticuatro mil cuatrocientos ochenta y cinco pesos ($ 24.485.00), al solo efecto de atender las erogaciones que demande el cumplimiento de la ley del 5 de Julio de 1918, que dispuso la construcción de un edificio escolar en el «Solar de Artigas».

Artículo 2Artículo 2

Destínase de Rentas Generales la cantidad de veinte mil pesos ($ 20.000.00), para enjugar el exceso de gastos que ocasione la construcción del mismo edificio y las demás erogaciones de carácter eventual que autoriza la citada ley del 5 de Julio de 1918.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de junio de 1920Promulgación (7217)
  2. 10 de junio de 1920Publicación (7217)