Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el artículo 2.o de la ley de 28 de Octubre de 1919, agregándose el siguiente inciso: "A los efectos del préstamo, se considerará personería jurídica al Consejo de Patronato de Delincuentes y Menores."
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Modifícase el artículo 2.o de la ley de 28 de Octubre de 1919, agregándose el siguiente inciso: "A los efectos del préstamo, se considerará personería jurídica al Consejo de Patronato de Delincuentes y Menores."
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.