Ley7299·1920

DECLARACION DE PUEBLO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de setiembre de 1920

Fecha de publicación

11 de setiembre de 1920

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase pueblo al núcleo de población existente en el Departamento de Rivera y conocido con el nombre de Minas de Corrales.

Artículo 2Artículo 2

El nuevo pueblo se denominará "Minas de Corrales".

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 9 de noviembre de 1920Promulgación (7299)
  2. 9 de noviembre de 1920Publicación (7299)