Ley7310·1920

CREACION DE IMPUESTO. JUEGOS DE AZAR. LOTERIA DEL HOSPITAL DE CARIDAD DE MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/11/1920

Fecha de publicación

26/11/1920

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Créase un impuesto del 5 o/o sobre el valor de venta al público de los billetes de la lotería del Hospital de Caridad de Montevideo.

Artículo 2Artículo 2

El producido de este impuesto estará destinado exclusivamente al sostenimiento de la Asistencia Pública Nacional.

Artículo 3Artículo 3

La Asistencia Pública entregará mensualmente a la Comisión Nacional de Educación Física la suma de $ 3.000.00, entrega que cesará tan pronto le sean votados otros recursos a dicha Comisión.

Artículo 4Artículo 4

Queda absolutamente prohibida la venta de billetes de lotería a mayor precio que el establecido por la Administración respectiva, agregado el impuesto a que se refiere esta ley. Los contraventores de esta disposición serán penados con multa de veinte pesos o prisión equivalente.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 26 de noviembre de 1920Promulgación (7310)
  2. 26 de noviembre de 1920Publicación (7310)