Artículo 1 — Artículo 1
Otórgase a la señora Sebastiana Santos de Solla, viuda del ex marinero de la Administración Nacional del Puerto de Montevideo don Alberto Solla, una pensión por gracia especial de trescientos sesenta pesos anuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Otórgase a la señora Sebastiana Santos de Solla, viuda del ex marinero de la Administración Nacional del Puerto de Montevideo don Alberto Solla, una pensión por gracia especial de trescientos sesenta pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.