Ley7324·1920

CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES CIVILES. PRESUPUESTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/12/1920

Fecha de publicación

22/12/1920

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

La Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles se regirá por el siguiente presupuesto: Dirección y Tesorería - 1 Jefe y Tesorero ....................... $ 3.600 1 Subtesorero ........................... " 1.800 1 Oficial de Sección .................... " 1.440 1 Auxiliar 1.o .......................... " 1.020 Contaduría - 1 Contador .............................. $ 2.400 3 Oficiales de Sección, a pesos 1.440 cada uno ........................ " 4.320 3 Auxiliares 1.os, a $ 1.020 c/u ........ " 3.060 6 Auxiliares 2.os, a $ 828 c/u .......... " 4.968 Secretaría - 1 Secretario ............................ $ 2.400 1 Asesor Letrado ........................ " 2.400 1 Oficial de Sección .................... " 1.440 1 Auxiliar 1.o .......................... " 1.020 1 Auxiliar 2.o .......................... " 828 1 Portero ............................... " 600 1 Peón .................................. " 600 ________ $ 31.896 Gastos generales ....................... $ 5.000 Quebrantos de caja ..................... " 240 ________ $ 37.136

Artículo 2Artículo 2

La partida fijada para gastos es con calidad de dar cuenta, y en ella están incluídos los gastos de alquiler de casa, mobiliario y enseres, impresiones, energía eléctrica, eventuales e imprevistos.

Artículo 3Artículo 3

Derógase el inciso 2.o del artículo 9.o de la ley de 14 de Octubre de 1904, modificada por la de 13 de Septiembre de 1920.

Artículo 4Artículo 4

El Consejo Administrativo de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles proveerá los empleos a que se refiere el artículo 1.o, dando preferencia, para dicha provisión, al personal actual de la Oficina.

Artículo 5Artículo 5

Autorízase al Comité Ejecutivo de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles para remunerar, por una sola vez, los servicios prestados a esa Institución por el doctor Rodolfo Sayagués Laso.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de diciembre de 1920Promulgación (7324)
  2. 22 de diciembre de 1920Publicación (7324)