Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señoritas Rosa, Gabriela, Isabel y Luisa Pernas, nietas del alférez de la Independencia don Manuel Pernas, una pensión alimenticia e inembargable de seiscientos pesos anuales.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese por gracia especial a la señoritas Rosa, Gabriela, Isabel y Luisa Pernas, nietas del alférez de la Independencia don Manuel Pernas, una pensión alimenticia e inembargable de seiscientos pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.