Ley7330·1920

JUBILACIONES Y PENSIONES. BENEFICIOS JUBILATORIOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/12/1920

Fecha de publicación

24/12/1920

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese por gracia especial a María E. Calcagno un plazo de sesenta días para que, como maestra, pueda acogerse a los beneficios de la ley de 28 de Mayo de 1896.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 21 de diciembre de 1920Promulgación (7330)
  2. 24 de diciembre de 1920Publicación (7330)