Artículo 1 — Artículo 1
Afórase en veinte centésimos el kilogramo de sulfato de cobre que se importe al país, para uso comercial o industrial, indistintamente.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Afórase en veinte centésimos el kilogramo de sulfato de cobre que se importe al país, para uso comercial o industrial, indistintamente.
Artículo 2 — Artículo 2
Fíjase el derecho de importación en el 48 o/o del aforo.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.