Artículo 1 — Artículo 1
Concédese, por gracia especial, a la señora Juana Lespade de Durand, viuda del ex servidor de la Nación, don Eduardo Durand, una pensión alimenticia e inembargable de trescientos sesenta pesos anuales.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
1 de mayo de 1921
Fecha de publicación
1 de octubre de 1921
Artículo 1 — Artículo 1
Concédese, por gracia especial, a la señora Juana Lespade de Durand, viuda del ex servidor de la Nación, don Eduardo Durand, una pensión alimenticia e inembargable de trescientos sesenta pesos anuales.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.