Artículo 1 — Artículo 1
Los restos del dramaturgo Florencio Sánchez serán depositados en el Panteón Nacional.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
2 de enero de 1921
Fecha de publicación
2 de marzo de 1921
Artículo 1 — Artículo 1
Los restos del dramaturgo Florencio Sánchez serán depositados en el Panteón Nacional.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.