Ley7347·1921

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA. AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. VISTAS FISCALES. PUBLICACION ECONOMICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de enero de 1921

Fecha de publicación

2 de enero de 1921

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Ministerio de Instrucción Pública para disponer lo necesario a efecto de que se proceda a la publicación en edición económica de las vistas fiscales producidas por el actual Fiscal de lo Civil doctor Sayagués Laso. (*)

Artículo 2Artículo 2

La erogación que con este motivo se produzca será imputada con carácter de adelantos a Rentas Generales, debiendo reintegrarse dicha suma con el producido de la venta, al precio que fijará el Ministerio de Instrucción Pública, de los ejemplares de que conste la edición. Si el material excediera las proporciones de un volumen, se procederá a la impresión del segundo, una vez reintegrado en las condiciones establecidas en el artículo anterior el veinticinco por ciento por lo menos del costo de la edición, procediéndose en forma análoga con respecto a los demás.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 1 de febrero de 1921Promulgación (7347)
  2. 1 de febrero de 1921Publicación (7347)