Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Presidencia de la República para adquirir la propiedad de la sucesión de doña Laura Castro de Geille, situada en la calle 25 de Mayo números 518 al 528, por el precio de ciento veinte mil pesos ($ 120.000.00).
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Presidencia de la República para adquirir la propiedad de la sucesión de doña Laura Castro de Geille, situada en la calle 25 de Mayo números 518 al 528, por el precio de ciento veinte mil pesos ($ 120.000.00).
Artículo 2 — Artículo 2
El referido precio se abonará en la siguiente forma: A) Con las cuotas semestrales de amortización e intereses que se pagarán al Banco Hipotecario, correspondientes a la suma de sesenta y cinco mil pesos (S 65.000.00) por la hipoteca con que se toma el inmueble. B) Con tres anualidades, las dos primeras de veinte mil pesos ($ 20.000.00) cada una y la tercera del saldo que resulte hasta llegar a ciento veinte mil pesos, tomando de base para este cálculo la suma de sesenta y cinco mil pesos ($ 65.000.00) al tipo medio de Bolsa, en el día que se constituya la hipoteca, que se haya cotizado la serie correspondiente a los títulos que se entreguen. (*)
Artículo 3 — Artículo 3
Tanto las cuotas de amortización e intereses, como las anualidades a que se refiere el artículo anterior, se tomarán de "Rentas Generales".
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.