Artículo 1 — Artículo 1
Declárase día de duelo nacional aquel en que se efectúe la inhumación de los restos del eminente estadista argentino doctor Luis María Drago.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase día de duelo nacional aquel en que se efectúe la inhumación de los restos del eminente estadista argentino doctor Luis María Drago.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.