Ley7400·1921

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. OBLIGACIONES. PRESUPUESTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/07/1921

Fecha de publicación

21/07/1921

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al P. E. para descontar, dentro o fuera del país, Letras de Tesorería hasta la suma de tres millones de pesos ($ 3:000.000.00), destinados al pago de las obligaciones de Presupuesto del presente ejercicio económico. Dichas Letras serán a un año de plazo y devengarán interés no mayor del siete por ciento anual. Su cancelación deberá hacerse con recursos del ejercicio 1921-1922.

Artículo 2Artículo 2

Facúltase al Banco de Seguros del Estado para descontar, con sus reservas, Letras de Tesorería hasta por el importe de un millón de pesos (pesos 1:000.000.00).

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de julio de 1921Promulgación (7400)
  2. 21 de julio de 1921Publicación (7400)