Artículo 1 — Artículo 1
Otórgase, por gracia especial, a la señora Agueda López de Carve, viuda del señor Luis Carve, una pensión anual y vitalicia de mil ochocientos pesos.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Otórgase, por gracia especial, a la señora Agueda López de Carve, viuda del señor Luis Carve, una pensión anual y vitalicia de mil ochocientos pesos.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.-
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.