Ley7420·1921

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. AUTORIZACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/10/1921

Fecha de publicación

17/10/1921

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase a la Presidencia de la República para abonar durante cuatro años: Hasta novecientos pesos mensuales como compensación para tres capitanes del Ejército Francés, de las armas de artillería, infantería y caballería (este último, Profesor de Equitación), egresados los tres de las escuelas superiores de las respectivas armas, que prestarán sus servicios en calidad de profesores instructores en las Escuelas Militares.

Artículo 2Artículo 2

La precedente erogación se atenderá con Rentas Generales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 13 de octubre de 1921Promulgación (7420)
  2. 17 de octubre de 1921Publicación (7420)