Artículo 1 — Artículo 1
Acuérdase a la Defensa Agrícola las siguientes partidas anuales: Para gastos de instalación, trabajos del laboratorio, investigaciones, ensayos experimentales, etc., $ 2.000 Viáticos y locomoción " 1.500 Para aclimatación, multiplicación y difusión de insectos útiles " 1.500 Para el boletín mensual " 1.500 Para adquisición de materiales y preparación de específicos insecticidas y anticriptogámicos y envases para los preparados, por una sola vez " 5.000 Para jornales, reparación de los materiales y transportes " 1.500 --------- $ 13.000