Ley7433·1921

DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA PARA EXPROPIACION. VIALIDAD Y OBRAS PUBLICAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/11/1921

Fecha de publicación

12 de febrero de 1921

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Decláranse expropiables, por causa de utilidad pública, los terrenos necesarios para la instalación de las vías férreas y demás obras y servicios que comprende la ampliación del puerto de Paysandú, autorizados por leyes de 17 de Mayo de 1912 y 26 de Agosto de 1920.

Artículo 2Artículo 2

El importe de dichas expropiaciones será cubierto con los recursos que determina la referida ley de 26 de Agosto de 1920.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 16 de noviembre de 1921Promulgación (7433)
  2. 2 de diciembre de 1921Publicación (7433)