Ley7441·1921

POLITICA SOCIAL. TRABAJADORES. DESOCUPADOS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de setiembre de 1921

Fecha de publicación

22/12/1921

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Destínase el producido del impuesto para pensiones a la vejez, la cantidad de cincuenta mil pesos ($ 50.000) para atender a las necesidades más urgentes de los trabajadores de la Villa del Cerro y sus familias, víctimas de la desocupación. (*)

Artículo 2Artículo 2

Cométese al Consejo Nacional de Administración el mejor empleo de la suma a que se refiere el artículo anterior, a los fines que se indican en el mismo.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 9 de diciembre de 1921Promulgación (7441)
  2. 22 de diciembre de 1921Publicación (7441)