Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Consejo Nacional de Administración, para disponer de Rentas Generales, durante el actual Ejercicio Económico de las siguientes cantidades: treinta y dos mil pesos ($ 32.000), para atender la fabricación de gas para el alumbrado marítimo, movimiento de acumuladores, servicios de serenos en las embarcaciones, usina y depósito, rascaje, pintura y conservación de boyas, embarcaciones y ligeras reparaciones en el material de trabajo a cargo de la Dirección de Hidrografía.