Ley7460·1922

FIJACION DE IMPUESTO. CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/02/1922

Fecha de publicación

17/02/1922

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

En el ejercicio económico 1921-1922 regirá la misma ley de Contribución Inmobiliaria para los Departamentos del litoral e interior que rigió durante el ejercicio 1920-1921. (*)

Artículo 2Artículo 2

De la recaudación del impuesto se entregará a los Gobiernos locales la parte correspondiente al uno por mil de la tasa. (*)

Artículo 3Artículo 3

La diferencia entre la cuota a que se refiere el artículo anterior y el 50 por ciento del producto total, declarado renta de los Departamentos por el artículo 70 de la ley de 23 de Diciembre de 1919, será depositada en el Banco de la República hasta nueva disposición legislativa.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de febrero de 1922Promulgación (7460)
  2. 17 de febrero de 1922Publicación (7460)
  3. 28 de diciembre de 1922Prorroga (7547)