Ley7478·1922

PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/05/1922

Fecha de publicación

30/05/1922

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al P. E. para invertir la suma de dos millones ochocientos doce mil seiscientos cuarenta y ocho pesos con treinta y cuatro centésimos ($ 2:812.648.34) en el pago de obligaciones del Tesoro Púbico que quedaron pendientes a la clausura del ejercicio 1920-21. (*)

Artículo 2Artículo 2

Para el pago establecido por el artículo precedente, deberá emplearse el millón novecientos cincuenta y cuatro mil trescientos setenta y seis pesos con cuarenta y ocho centésimos (pesos 1:954.376.48) de que se dispone, correspondientes a dicho ejercicio, y en cuanto al saldo de ochocientos cincuenta y ocho mil doscientos setenta y un pesos con ochenta y seis centésimos (pesos 858.271.86), se atenderá con el producto de venta de la Deuda de Obras Públicas y Conversión de 1918, emisión de 1920.

Artículo 3Artículo 3

(Sustitutivo). Redúcese la emisión precitada a un millón doscientos mil pesos; el interés será de seis y medio por ciento, manteniéndose, en cuanto a lo demás, las disposiciones de las leyes que las rigen. (*)

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 26 de mayo de 1922Promulgación (7478)
  2. 30 de mayo de 1922Publicación (7478)
  3. 15 de agosto de 1922Modifica redacción (7498)
  4. 15 de agosto de 1922Modifica (7498)