Ley7505·1922

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. AUTORIZACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/08/1922

Fecha de publicación

9 de abril de 1922

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Queda autorizada la Presidencia de la República para reforzar, en el ejercicio 1921-1922, los siguientes rubros de la planilla número 68, "Varios Gastos", del presupuesto del Departamento de Guerra y Marina (Ley 15 de Enero de 1919): "Alumbrado y Agua", con $ 31.000.00; "Masita", con $ 15.000.00; "Pasajes y Fletes", con $ 40.500.00; "Carbón y Artículos Navales", con pesos 30.000.00; "Raciones", con $ 180.000.00.

Artículo 2Artículo 2

El importe de las cantidades a que se hace referencia en el artículo anterior se tomará de Rentas Generales.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 30 de agosto de 1922Promulgación (7505)
  2. 4 de setiembre de 1922Publicación (7505)