Ley7517·1922

MINISTERIO DE GUERRA Y MARINA. PRESUPUESTO. MODIFICACION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/10/1922

Fecha de publicación

11 de enero de 1922

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

En la planilla número 61 (Ministerio de la Guerra, Capitanía General de Puertos) modifíquese el renglón que dice: "1 Oficial 1º, Secretario, a $ 1.117.80", por: "1 Oficial 1º, Secretario, compensación anual, $ 600; total, $ 600; 1 Jefe de Estadística, $ 1.117.80."

Artículo 2Artículo 2

Modifícase el sueldo del perito calígrafo de los Ministerios (planilla número 1, Ministerio), del Ministerio de Relaciones Exteriores, de: "$ 1.200, a pesos 2.400."

Artículo 3Artículo 3

Cuando las pérdidas de cambio en los giros por emolumentos del personal de Relaciones Exteriores excedan de un 10 %, ese excedente será satisfecho por Rentas Generales.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 13 de octubre de 1922Promulgación (7517)
  2. 1 de noviembre de 1922Publicación (7517)