Ley7523·1922

BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). PRESTAMOS. PRORROGA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16/10/1922

Fecha de publicación

21/10/1922

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase hasta el 17 de Diciembre de 1923 el plazo para la cancelación del crédito otorgado al Gobierno de Francia por el Banco de la República.

Artículo 2Artículo 2

Dicha prórroga se considerará sometida a las condiciones establecidas por la ley de 4 de Diciembre de 1918.

Artículo 3Artículo 3

Prorrógase el régimen de inconversión del Banco de la República hasta el 30 de Junio de 1924. Prorrógase hasta la misma fecha la prohibición de exportar oro, quedando el Poder Ejecutivo facultado para determinar los casos de excepción.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 16 de octubre de 1922Promulgación (7523)
  2. 21 de octubre de 1922Publicación (7523)