Artículo 1 — Artículo 1
El P. E., mientras no se restableciera el servicio fluvial de las empresas privadas entre Buenos Aires, Colonia, Conchillas y Carmelo y viceversa, hará navegar entre esos puertos el vapor "Río Branco". En los viajes entre Buenos Aires y Colonia se procurará establecer la combinación con el itinerario del Ferrocarril Central.