Ley7528·1922

BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (BROU). BANCO DEL BRASIL. AUTORIZACION. SUCURSALES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/10/1922

Fecha de publicación

1 de marzo de 1923

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase el establecimiento en el país de una Sucursal del Banco del Brasil, la que estará sujeta a las prescripciones legales vigentes y a las que se dictaren.

Artículo 2Artículo 2

Esta autorización se concede a título de reciprocidad que permita instalar una Sucursal del Banco de la República en el Brasil, no sometida a una fiscalización de sus operaciones sobre cambios.

Artículo 3Artículo 3

Autorízase al Directorio del Banco de la República a establecer una Sucursal del Banco en el Brasil.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.-

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de octubre de 1922Promulgación (7528)
  2. 3 de enero de 1923Publicación (7528)